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Cómo se calcula el aforo máximo de un local o recinto

Respuesta rápida

Se divide la superficie útil de cada zona por la densidad de ocupación que fija el Código Técnico de la Edificación (DB-SI, tabla 2.1) según su uso: por ejemplo, 1 m² por persona en zonas de público de pie de un bar o 2 m² en áreas de venta en planta baja. Se suman las zonas, se comprueban las salidas y el aforo definitivo lo fija el trámite municipal.

Vas a abrir un bar, alquilar una sala para un concierto o reformar una tienda, y en algún papel aparece la palabra aforo. Quizá el ayuntamiento te lo pide, quizá tienes que ponerlo en un cartel en la puerta o quizá solo quieres saber cuánta gente cabe sin meterte en problemas.

La buena noticia es que el cálculo no es un misterio: en España parte de una tabla del Código Técnico de la Edificación. La parte menos conocida es que ese número no es solo una división: dependen de él las salidas, y al final lo fija un trámite municipal. Te lo explicamos con un ejemplo.

Qué es el aforo y quién lo fija

El aforo máximo es el número de personas que pueden estar dentro a la vez. No es cuánta gente entra a lo largo del día, sino cuánta hay simultáneamente.

Intervienen tres niveles:

  1. El Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado por el Real Decreto 314/2006. Su Documento Básico de Seguridad en caso de incendio (DB-SI), sección SI 3, da el método de cálculo de la ocupación y dimensiona las salidas a partir de ella.
  2. La normativa autonómica de espectáculos públicos y actividades recreativas, que varía de una comunidad a otra y regula cómo se autoriza y se informa el aforo en bares, salas, discotecas, eventos, etc.
  3. El ayuntamiento, que concede la licencia de actividad o recibe la comunicación previa, y donde puede haber ordenanzas propias.

Por eso no hay una única respuesta para toda España: el método técnico es común, pero el trámite y algunas obligaciones cambian según dónde estés.

El método del CTE: superficie útil entre densidad de ocupación

El apartado 2 de la sección SI 3 dice que, para calcular la ocupación, se toman las densidades de la tabla 2.1 «en función de la superficie útil de cada zona». Es decir:

Ocupación de una zona = superficie útil (m²) ÷ densidad (m² por persona)

Y luego se suman las zonas. Tres matices que recoge el propio texto:

  • Las densidades se aplican salvo cuando sea previsible una ocupación mayor, o cuando otra norma obligue a una menor.
  • Hay que tener en cuenta si las zonas se usan a la vez o de forma alternativa (por ejemplo, un salón y un comedor que nunca se llenan al mismo tiempo).
  • Si una zona no aparece en la tabla, se usa el valor del uso más parecido.

La superficie útil es la que pueden ocupar las personas. En uso comercial, si el proyecto no define dónde van mostradores, estanterías y cajas, se toma como superficie útil de las zonas de público al menos el 75 % de la superficie construida.

Algunas densidades de la tabla 2.1

Estos son valores habituales para locales abiertos al público, copiados de la versión consolidada del DB-SI (marzo de 2025). La tabla completa tiene más usos.

Uso y zona m² por persona
Pública concurrencia: espectadores de pie 0,25
Pública concurrencia: zonas de público en discotecas 0,5
Pública concurrencia: espectadores sentados sin asientos definidos 0,5
Pública concurrencia: espectadores sentados con asientos definidos 1 persona por asiento
Pública concurrencia: público de pie en bares, cafeterías, etc. 1
Salones de uso múltiple (congresos, hoteles, etc.) 1
Restaurantes de «comida rápida» (zona de público) 1,2
Público sentado en bares, cafeterías, restaurantes 1,5
Gimnasios sin aparatos / con aparatos 1,5 / 5
Museos, salas de exposición, ferias, salas de lectura de bibliotecas 2
Comercial: áreas de venta en sótano, planta baja y entreplanta 2
Comercial: áreas de venta en otras plantas 3
Comercial: venta de muebles, vehículos y similares 5
Zonas de servicio de bares, restaurantes, cafeterías 10
Oficinas 10
Aseos de planta 3
Archivos y almacenes 40

Fíjate en que cuanto menor es la cifra, más gente cabe: en una zona de espectadores de pie se calculan cuatro personas por metro cuadrado.

Un ejemplo paso a paso

Imagina un bar con estas zonas de superficie útil:

  • Zona de público de pie, frente a la barra: 80 m²
  • Zona de mesas: 30 m²
  • Detrás de la barra (zona de servicio): 10 m²

El cálculo con la tabla 2.1 queda así:

Zona Superficie útil Densidad Ocupación
Público de pie 80 m² 1 m²/persona 80
Público sentado 30 m² 1,5 m²/persona 20
Zona de servicio 10 m² 10 m²/persona 1
Total 101 personas

Aquí aparece la parte que mucha gente no conoce: la ocupación condiciona las salidas. Según la tabla 3.1 de la sección SI 3, un recinto con una única salida solo se admite, como regla general, si la ocupación no excede de 100 personas (y si los recorridos de evacuación no superan, en general, los 25 m). Con 101 personas, este bar necesitaría una segunda salida; si no la tiene, el aforo tendría que quedarse en 100.

También se comprueba el ancho de las puertas: la tabla 4.1 pide que cada puerta o paso tenga una anchura de al menos P/200 metros (P son las personas que pasan por ella), con un mínimo de 0,80 m. Para 101 personas el mínimo de 0,80 m ya cubre de sobra, pero en salas grandes esta regla manda.

Por eso el aforo real es el menor entre lo que sale de la tabla de densidades y lo que permiten las salidas, los recorridos y el resto de condiciones del proyecto. Este ejemplo es orientativo: el cálculo que cuenta es el que firma tu técnico.

Quién lo aprueba: licencia, comunicación previa y normativa autonómica

El cálculo lo hace el técnico (arquitecto, ingeniero) en el proyecto o la memoria de la actividad, y el ayuntamiento lo valida al conceder la licencia de actividad o al recibir la comunicación previa, según el tipo de local y el municipio. Cada comunidad autónoma tiene su propia ley de espectáculos públicos y actividades recreativas, y muchos municipios tienen ordenanzas: consulta las de tu zona antes de dar nada por hecho.

El caso de Cataluña

En Cataluña, el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas (Decreto 112/2010) establece en su artículo 66 que todo establecimiento de espectáculos o actividades recreativas debe tener determinado su aforo máximo autorizado, que se propone en la solicitud o en la memoria técnica y se fija en la licencia, autorización o comunicación previa teniendo en cuenta la superficie, el equipamiento, las vías de evacuación y las actividades previstas. Además, debe informarse del aforo con carteles fácilmente visibles en todas las entradas.

El artículo 67 añade algo importante: hay que designar a una persona responsable del control del aforo, que debe evitar que en ningún momento se supere y estar en condiciones de decir a la policía, en cualquier momento, cuántas personas hay dentro.

Saber el número no es controlarlo

Calcular el aforo es la parte fácil: se hace una vez, con un plano y una tabla. Lo difícil llega el día que el local se llena. Con varias puertas, gente que sale a fumar y vuelve, y grupos que llegan a la vez, saber cuántas personas hay dentro en este momento no es evidente.

Hay varias formas de hacerlo, desde una persona con un contador en la puerta hasta sensores y cámaras que restan salidas a entradas automáticamente. Las comparamos en cómo controlar el aforo de un local en tiempo real. Y si además necesitas demostrar después cuánta gente vino, por ejemplo para una subvención, mira cómo justificar el número de asistentes a tu evento.

En resumen

El aforo máximo se calcula dividiendo la superficie útil de cada zona por la densidad de ocupación de la tabla 2.1 del DB-SI y sumando el resultado. Después hay que comprobar que las salidas y los recorridos de evacuación dan para ese número, y el valor definitivo lo fija la licencia o el trámite municipal, con las reglas de tu comunidad autónoma. Calcúlalo con tu técnico, ponlo a la vista y piensa desde el principio cómo vas a controlarlo cuando el local se llene.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la superficie útil para calcular el aforo?

Es la superficie en planta que pueden ocupar las personas, según la define el propio DB-SI. En uso comercial, si el proyecto no define dónde van mostradores y estanterías, se toma como superficie útil de las zonas de público al menos el 75 % de su superficie construida.

¿Puedo calcular yo mismo el aforo de mi local?

Puedes hacer una estimación para orientarte, pero el aforo que vale es el que propone el técnico en el proyecto o la memoria y el que recoge la licencia, autorización o comunicación previa ante el ayuntamiento. Si cambias el uso o la distribución, el aforo puede cambiar.

¿Cuenta el personal del local dentro del aforo?

La tabla del CTE incluye densidades para zonas de servicio (por ejemplo, 10 m² por persona en la zona de servicio de un bar), así que las personas que trabajan también ocupan espacio en el cálculo. Cómo se refleja en el aforo autorizado depende del proyecto y de la licencia: consúltalo con tu técnico.

¿El aforo de una terraza o de un evento al aire libre se calcula igual?

El DB-SI se aplica a obras de edificación, así que un evento en la calle o en un recinto provisional suele regularse por la normativa autonómica y municipal de espectáculos y por el plan de autoprotección o la memoria de seguridad que pida el ayuntamiento. Pregunta en tu ayuntamiento qué método aceptan.

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